Resolución de Oficina General de Administración y Finanzas N.° 000056-2025/GG-OGAF
Artículo Primero.- MODIFICAR la fecha de ejecución del encargo aprobado mediante Resolución de la Oficina General de Administración y Finanzas N° 000053-2025-SERVIR-GG-OGAF, a ser utilizados para la v
27 de agosto de 2025
Artículo Primero.- MODIFICAR la fecha de ejecución del encargo aprobado mediante
Resolución de la Oficina General de Administración y Finanzas N° 000053-2025-SERVIR-GG-OGAF, a ser
utilizados para la visita del Tribunal Administrativo de la Función Pública de Panamá, que se efectúa
del 25 al 29 de agosto de 2025 y cuyo gasto se realizará en diferentes horarios hasta el 29 de agosto
de 2025.
Artículo Segundo.- DISPONER que la señora Lurdes Mercedes Polar Torres, cumpla con
presentar la rendición de cuentas documentada de los gastos correspondientes, en un plazo que no
excederá de los tres (3) días hábiles, después del periodo de gasto autorizado para las actividades
materia del presente encargo; y, que los gastos a ser efectuados materia del encargo deberán ceñirse
estrictamente para los fines solicitados.
Artículo Tercero. - ENCARGAR a la Subjefatura de Contabilidad y a la Subjefatura de Tesorería,
efectuar las acciones que correspondan en el marco de sus competencias y funciones.
Artículo Cuarto. - ENCARGAR a la Subjefatura de Comunicaciones e Imagen Institucional, la
publicación de la presente Resolución en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil –
SERVIR (www.gob.pe/servir).
Resolución de la Oficina General de Administración y Finanzas N° 000053-2025-SERVIR-GG-OGAF, a ser
utilizados para la visita del Tribunal Administrativo de la Función Pública de Panamá, que se efectúa
del 25 al 29 de agosto de 2025 y cuyo gasto se realizará en diferentes horarios hasta el 29 de agosto
de 2025.
Artículo Segundo.- DISPONER que la señora Lurdes Mercedes Polar Torres, cumpla con
presentar la rendición de cuentas documentada de los gastos correspondientes, en un plazo que no
excederá de los tres (3) días hábiles, después del periodo de gasto autorizado para las actividades
materia del presente encargo; y, que los gastos a ser efectuados materia del encargo deberán ceñirse
estrictamente para los fines solicitados.
Artículo Tercero. - ENCARGAR a la Subjefatura de Contabilidad y a la Subjefatura de Tesorería,
efectuar las acciones que correspondan en el marco de sus competencias y funciones.
Artículo Cuarto. - ENCARGAR a la Subjefatura de Comunicaciones e Imagen Institucional, la
publicación de la presente Resolución en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil –
SERVIR (www.gob.pe/servir).
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Oficina General de Administración y Finanzas