Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 000134-2025/PE
Artículo 1.- Aprobar el “Cronograma de la Convocatoria 2025 del Programa Piloto de CréditoBeca”, que como Anexo N° 1 forma parte de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva. Artículo 2.- Aproba
30 de julio de 2025
Artículo 1.- Aprobar el “Cronograma de la Convocatoria 2025 del Programa Piloto de CréditoBeca”, que como Anexo N° 1 forma parte de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva.
Artículo 2.- Aprobar los “Montos máximos financiables de los gastos de sostenimiento por
ciudad de destino y materiales e implementos de estudios para la Convocatoria 2025 del Programa
Piloto de Crédito-Beca”, que como Anexos Nos. 2 y 3 forman parte de la presente Resolución de
Presidencia Ejecutiva.
Artículo 3.- Aprobar el “Listado de universidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras
aplicables a la Convocatoria 2025 del Programa Piloto de Crédito-Beca”, que como Anexos Nos. 4 y 5
forman parte de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva.
Artículo 4.- Establecer que para postular al Crédito-Beca Kallpachaq Perú, el monto máximo
de remuneración u honorario mensual asciende a la suma de S/ 3,840 (Tres Mil Ochocientos Cuarenta
y 00/100 Soles); y el rendimiento académico mínimo exigido es el tercio superior.
Artículo 5.- Establecer como “Fecha límite de inicio de estudios que podrá financiar el
Programa para la Convocatoria 2025”, el 30 de octubre de 2026.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva y sus
Anexos 1, 2, 3, 4 y 5 en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR
(www.gob.pe/servir), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El
Peruano.
Artículo 2.- Aprobar los “Montos máximos financiables de los gastos de sostenimiento por
ciudad de destino y materiales e implementos de estudios para la Convocatoria 2025 del Programa
Piloto de Crédito-Beca”, que como Anexos Nos. 2 y 3 forman parte de la presente Resolución de
Presidencia Ejecutiva.
Artículo 3.- Aprobar el “Listado de universidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras
aplicables a la Convocatoria 2025 del Programa Piloto de Crédito-Beca”, que como Anexos Nos. 4 y 5
forman parte de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva.
Artículo 4.- Establecer que para postular al Crédito-Beca Kallpachaq Perú, el monto máximo
de remuneración u honorario mensual asciende a la suma de S/ 3,840 (Tres Mil Ochocientos Cuarenta
y 00/100 Soles); y el rendimiento académico mínimo exigido es el tercio superior.
Artículo 5.- Establecer como “Fecha límite de inicio de estudios que podrá financiar el
Programa para la Convocatoria 2025”, el 30 de octubre de 2026.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva y sus
Anexos 1, 2, 3, 4 y 5 en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR
(www.gob.pe/servir), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El
Peruano.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia Ejecutiva