Resolución de Oficina General de Administración y Finanzas N.° 000002-2025/GG-OGAF

ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR la apertura de la Caja Chica en la Oficina General de Administración y Finanzas de la Unidad Ejecutora 001 del Pliego 023 – Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, por

3 de enero de 2025

ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR la apertura de la Caja Chica en la Oficina General de Administración
y Finanzas de la Unidad Ejecutora 001 del Pliego 023 – Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR,
por la suma total de S/ 111,896.00 (Ciento Once mil Ochocientos Noventa y Seis 00/100 Soles)
proveniente de la Fuente de Financiamiento 00 Recursos Ordinarios, para atender el pago de
compromisos urgentes, a cargo de la Oficina General de Administración y Finanzas de la sede central
y de la Escuela Nacional de Administración Pública.
ARTÍCULO 2º.- PRECISAR que la afectación del gasto se hará en la específica del gasto
correspondiente a cada subgenérica del gasto, considerando lo siguiente:
ARTÍCULO 3º.- DESIGNAR al Responsable Único y Responsable de otra dependencia, así como,
los responsables suplentes del manejo de la Caja Chica de los órganos a que se refiere el artículo
primero, a los siguientes servidores:
ARTÍCULO 4º.- Considerar como monto máximo de cada pago en efectivo, la suma de S/ 1,070.00 (Un Mil Setenta y 00/100 Soles), asimismo, para el pago de viáticos urgentes, hasta el tope de S/ 2,000.00 (Dos Mil y 00/100 Soles) los mismos que serán otorgados en función al monto establecido en la respectiva autorización de Viaje en Comisión de Servicios, conforme a la Directiva
sobre la materia aprobada para la Autoridad Nacional del Servicio Civil- SERVIR.
ARTÍCULO 5º.- Los responsables del manejo de la Caja Chica podrán solicitar la reposición de
la Caja Chica cuando el saldo del mismo sea en promedio el 30% del monto total autorizado en la
apertura. La reposición se podrá realizar hasta tres veces el monto establecido en la apertura.
ARTÍCULO 6º.- AUTORIZAR, a la Subjefatura de Tesorería y la Subjefatura de Contabilidad, para
que procedan con las acciones que permitan la apertura de la Caja Chica, en estricta observación de la
normatividad vigente.
ARTÍCULO 7º.- PRECISAR, que las normas y procedimientos para la administración de Caja
Chica estarán regulados en la Directiva con denominación “DISPOSICIONES PARA LA ADMINISTRACIÓN
DE LA CAJA CHICA EN LA AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL – SERVIR”, con código SJT-DI-01,
versión: 03.
ARTÍCULO 8º.- ENCARGAR, a la Subjefatura de Servicio al Ciudadano, notifique la presente
Resolución a los trabajadores designados en el Artículo 3º.
ARTÍCULO 9º.- ENCARGAR, a la Subjefatura de Comunicaciones e Imagen Institucional, la
publicación de la presente Resolución en el portal electrónico institucional de la Autoridad Nacional
del Servicio Civil – SERVIR. (https://www.gob.pe/servir).

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Oficina General de Administración y Finanzas

Vista preliminar de documento RESOLUCION-000002-2025-SERVIR-GG-OGAF

RESOLUCION-000002-2025-SERVIR-GG-OGAF

PDF
306.7 KB