Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 000156-2024/PE
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior de la servidora MIRIAN VICTORIA CHACOLLI PINEDA, Especialista de Gestión de Capacitación de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servi
25 de noviembre de 2024
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior de la servidora MIRIAN VICTORIA CHACOLLI PINEDA,
Especialista de Gestión de Capacitación de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento
del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), a la ciudad de Brasilia, República
Federativa de Brasil, del 25 al 30 de noviembre de 2024, para los fines expuestos en la parte
considerativa de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva.
Artículo 2.- El viaje autorizado no irroga gasto al Tesoro Público, ni otorga derecho a exoneración
o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 3.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendarios siguientes de efectuado el
viaje, la servidora cuyo viaje se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución de Presidencia
Ejecutiva debe presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados
obtenidos durante la comisión de servicios.
Artículo 4.- Notificar la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva a la servidora Mirian
Victoria Chacolli Pineda y a la Oficina de Recursos Humanos, para los fines correspondientes.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva en la sede
digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR (www.gob.pe/servir), así como en la
Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe).
Especialista de Gestión de Capacitación de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento
del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), a la ciudad de Brasilia, República
Federativa de Brasil, del 25 al 30 de noviembre de 2024, para los fines expuestos en la parte
considerativa de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva.
Artículo 2.- El viaje autorizado no irroga gasto al Tesoro Público, ni otorga derecho a exoneración
o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 3.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendarios siguientes de efectuado el
viaje, la servidora cuyo viaje se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución de Presidencia
Ejecutiva debe presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados
obtenidos durante la comisión de servicios.
Artículo 4.- Notificar la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva a la servidora Mirian
Victoria Chacolli Pineda y a la Oficina de Recursos Humanos, para los fines correspondientes.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva en la sede
digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR (www.gob.pe/servir), así como en la
Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe).
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia Ejecutiva