Resolución Ministerial N.° 351-2024-PCM
Archivo
3 de enero de 2025
Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Tribunal del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2010-PCM, y su respectiva Exposición de Motivos, en las sedes digitales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm) y de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR (www.gob.pe/servir).
Artículo 2.- Establecer el plazo de diez (10) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, para recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas y/o privadas y de la ciudadanía en general; las mismas que deben ser remitidas a través del Formulario de Registro - Mesa de Partes, disponible en https://app02.servir.gob.pe/mpv-web/#/info/form; o a través del correo electrónico tribunal@servir.gob.pe; o presentadas en la mesa de partes presencial, ubicada en pasaje Francisco de Zela
N° 150 - Jesús María, de lunes a viernes de 8:30 horas a 16:30 horas
Articulo 3.- Encargar al Tribunal del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del
Servicio Civil - SERVIR, recibir, procesar y sistematizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten.
Artículo 2.- Establecer el plazo de diez (10) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, para recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas y/o privadas y de la ciudadanía en general; las mismas que deben ser remitidas a través del Formulario de Registro - Mesa de Partes, disponible en https://app02.servir.gob.pe/mpv-web/#/info/form; o a través del correo electrónico tribunal@servir.gob.pe; o presentadas en la mesa de partes presencial, ubicada en pasaje Francisco de Zela
N° 150 - Jesús María, de lunes a viernes de 8:30 horas a 16:30 horas
Articulo 3.- Encargar al Tribunal del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del
Servicio Civil - SERVIR, recibir, procesar y sistematizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten.