Modo Teletrabajo

Conoce más sobre la aplicación del reglamento de la Ley N° 31572, Ley del Teletrabajo.

Modo teletrabajo
A través de la Ley n° 31572, Ley del Teletrabajo, se regula el teletrabajo en las entidades públicas y privadas en el marco del trabajo decente y la conciliación entre la vida personal, familiar y laboral; además de establecer su ámbito de aplicación en todos/as los/as servidores/as civiles sujetos/as a cualquier tipo de régimen laboral.

Mediante el Decreto Supremo n° 002-2023-TR se reglamenta la Ley del Teletrabajo la cual establece disposiciones conforme a las necesidades del/la empleador/a público y/o privado.

La Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR como ente rector, es la entidad competente para emitir normas reglamentarias que regulen el adecuado funcionamiento del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (SAGRH).

En esa línea, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva n°00054-2023-SERVIR-PE, se aprueba la Guía orientadora para implementar el teletrabajo en las entidades públicas, con el objetivo de brindar orientación a las oficinas de recursos humanos en el proceso de implementación del teletrabajo, de tal modo que se brinde información necesaria para que este proceso pueda ser implementado dentro de los plazos establecidos.

Desde la aplicación del reglamento, SERVIR ha detectado diversas consultas por parte de los/as servidores/as y los equipos de las Oficinas de Recursos Humanos de las diferentes instituciones del Estado, con respecto a la aplicación de la modalidad teletrabajo; en esa línea, se difunden las preguntas frecuentes, documento que busca resolver las dudas más comunes sobre el tema.

Conceptos Generales 


¿Qué es el teletrabajo?

Es una modalidad especial de prestación de labores regular o habitual, aplicable a las entidades públicas, que se realiza de forma subordinada sin presencia física del/de la servidor/a civil en el centro de trabajo, de acuerdo a las necesidades de servicio que prestan y sujetándose a los recursos humanos, digitales y presupuestales con los que dispone.

El teletrabajo es una modalidad especial de prestación de labores orientada a la necesidad organizativa de la entidad, entendiéndose como tal a las necesidades de organización, gestión u otras con la finalidad de alcanzar sus objetivos.

¿Quién es un/a teletrabajador/a?

Es toda persona que trabaja, de forma subordinada, desde un lugar distinto a la oficina, utilizando tecnologías como internet, video conferencias para comunicarse y desarrollar sus actividades,
respetando las normas y disposiciones internas establecidas por la entidad.

¿En qué modalidades puede desarrollarse el teletrabajo?

El teletrabajo puede desarrollarse en dos modalidades:
  • Teletrabajo total: La prestación de las labores del/de la servidor/a civil se efectúa de forma no presencial en su totalidad, salvo eventuales actividades o coordinaciones presenciales en la oportunidad en que el/la servidor/a civil lo estime necesario o en que lo requiera la entidad pública.
  • Teletrabajo parcial: La prestación de las labores del/de la servidor/a civil se realiza de forma presencial y no presencial.

Noticias relacionadas

Videos

Sigue nuestras redes sociales