Sernanp adquiere potestad de ejecución coactiva de sanciones aplicadas en el ámbito de las áreas naturales protegidas

Nota de prensa
Esta facultad fue aprobada mediante el proyecto de ley 788 que modifica el Decreto Legislativo 1013.
Sernanp

18 de mayo de 2023 - 11:32 a. m.

Fortaleciendo las acciones de conservación de las áreas naturales protegidas a nivel nacional, desde hoy el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp), organismo adscrito al Ministerio del Ambiente, adquiere la facultad de ejecución o cobranza coactiva de las infracciones y sanciones administrativas que se impongan por el incumplimiento de normas o afectación en el ámbito de estos espacios protegidos.

Esta facultad fue aprobada mediante el proyecto de ley 788 que modifica el Decreto Legislativo 1013, que aprueba la ley de creación, organización y funciones del Ministerio del Ambiente respecto de las funciones básicas del Sernanp.

A través del otorgamiento de esta facultad, se fortalece la función sancionadora del Sernanp, permitiéndole ser más eficaz al hacer efectiva la sanción de multas impuestas en el ámbito de las áreas naturales protegidas de administración nacional.

Asimismo, contribuirá a reducir conductas que perjudiquen a estos espacios protegidos y la recurrencia en la comisión de infracciones tanto en su interior como en su zona de amortiguamiento; así como una reducción en los costos y gastos que generan las acciones de control y vigilancia, presupuesto que podrá ser destinado a fortalecer otras actividades de conservación y protección de las ANP.

La norma en el literal d) del numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013 precisa, "Establecer los mecanismos de fiscalización y control y las infracciones y sanciones administrativas correspondientes; y ejercer la potestad sancionadora en los casos de incumplimiento, aplicando las sanciones de amonestación, multa, comiso, inmovilización, clausura o suspensión, de acuerdo al procedimiento que se apruebe para tal efecto. El SERNANP está facultado para ejercer la potestad de ejecución coactiva, en los casos que corresponda".

El dictamen fue aprobado por una unanimidad en la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado; y posteriormente ratificado por el pleno del Congreso de la República con 105 votos a favor.