Cusco: SERFOR inicia procedimiento sancionador a dos depósitos de madera en la localidad de Urcos

Nota de prensa
La ATFFS Cusco efectúa operativo inopinado a centros de transformación primaria.

4 de agosto de 2022 - 12:06 p. m.

El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), a través de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre Cusco (ATFFS) Cusco, junto a la Fiscalía Especializada en Medio Ambiente, el Departamento de Medio ambiente de la Policía Nacional del Perú y la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT), efectuaron operativo inopinado a establecimientos de comercialización de productos de transformación primaria, en la localidad de Urcos, provincia de Quispicanchi.  
 
De los seis establecimientos inspeccionados, dos fueron intervenidos; uno por falta de autorización de funcionamiento y posesión de 2813 pies tablares de madera aserrada de la especie Ojé (Ficus sp.), sin contar con la Guía de Transporte Forestal (GTF) que la sustente; y el otro, por no tener el libro de operaciones actualizado. 
 
Las infracciones, determinadas por los técnicos de la ATFFS Cusco, están establecidas en la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, el Reglamento para la Gestión Forestal  y el D.S. N° 007-2021-MIDAGRI.
 
El producto forestal ha sido trasladado a los almacenes de la ATFFS Cusco. Asimismo, se dispuso el inicio del Procedimiento Administrativo Sancionador correspondiente. 
 
La sinergia establecida entre el Ministerio Publico, la Policía Nacional del Perú, la SUNAT Aduanas y el SERFOR con sus dependencias técnicas, permite desarrollar este tipo de intervenciones que evidencian la mala práctica de algunos comercializadores que aprovechan de los recursos del bosque sin cumplir con las condiciones establecidas por la norma.
 
Datos 
La posesión de productos forestales que no está amparada por la Guía de Transporte Forestal es un falta muy grave, cuya multa es mayor a 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) hasta 5000 UIT. Por otro lado, el funcionamiento de un establecimiento que no cuente con la autorización emitida por la Autoridad Regional Forestal y de Fauna Silvestre es un falta  grave con multas de entre 3 UIT y 10 UIT, según el D.S. Nro 007-2021-MIDAGRI.