Estado otorga beneficios tributarios a productores del sector forestal y de fauna silvestre

Nota de prensa
A través de la publicación del D.L. N° 1517, se incorpora disposiciones complementarias a la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre.

30 de diciembre de 2021 - 1:39 p. m.

Lima, 30 de diciembre de 2021.- En el marco de la delegación de facultades otorgada por el Congreso de la República, el Poder Ejecutivo publicó hoy, en el diario Oficial El Peruano, el Decreto Legislativo N° 1517 que dispone beneficios tributarios a los productores forestales y de fauna silvestre, así como la reducción de tasas del impuesto a la renta y la depreciación acelerada, a partir del ejercicio gravable 2022.
La norma tiene como objetivo contribuir con la reactivación económica del país y con el cierre de brechas sociales, siendo una ampliación de lo que se aplica al sector agrario. Está dirigida a las personas naturales o jurídicas receptoras de rentas de tercera categoría, a fin de apoyar en sus ingresos y rentabilidad.
Respecto al impuesto a la renta, se aplicará tasas reducidas, las cuales ascienden a 15%, 20% y 25%, según los ingresos netos percibidos y el ejercicio gravable en vigencia (tasas previstas en el inciso “a” del artículo 10 de la Ley N° 31110).
Lo referido a la tasa de depreciación se aplicará sobre el monto de inversiones en obras de infraestructura destinadas al manejo y aprovechamiento forestal y de fauna silvestre, como, por ejemplo, plantas de transformación, de producción, entre otros, realizados hasta el 31 de diciembre de 2025.
Para la mejor implementación de esta normativa, mediante decreto supremo, el Poder Ejecutivo dictará las normas reglamentarias y complementarias que sean necesarias.
Cabe mencionar que en un estudio realizado por el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), y el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) evidenció el aporte del sector forestal del 1.04% al PBI de la economía peruana.
Por ello, de acuerdo con el SERFOR, estos beneficios tributarios son importantes herramientas para la generación de inversiones, que ayuden a reducir la brecha de infraestructura y equipamiento existente en el país; y que impulsen el desarrollo del sector con la generación de empleo y mejores ingresos a la población. Además, se fomentará la inclusión económica y social y la formalidad en el sector forestal y de fauna silvestre.
La norma lleva la firma del presidente de la República, José Pedro Castillo Terrones, la presidenta del Consejo de Ministros, Mirtha Vásquez Chuquilin, el ministro de Desarrollo Agrario y Riego, Víctor Maita Frisancho y el ministro de Economía y Finanzas, Pedro Francke Ballvé.