Resolución Ministerial N.° OO30-2026-MIDAGRI
30 de enero de 2026
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Se autoriza el viaje, en comisión de servicios, del señor Desiderio Erasmo Otárola Acevedo, Director Ejecutivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, a la ciudad de Guanacaste, República de Costa Rica, del 1 al 8 de febrero de
2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- El cumplimiento de la presente autorización no irroga gasto alguno al Tesoro Público, ni otorga derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase de denominación.
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, el comisionado mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, debe presentar ante el Titular del Sector, un informe detallado dando cuenta de las acciones realizadas y los resultados obtenidos.
Artículo 4.- Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial en sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), y en el portal institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www. gob. pe/serfor).
Artículo 1.- Se autoriza el viaje, en comisión de servicios, del señor Desiderio Erasmo Otárola Acevedo, Director Ejecutivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, a la ciudad de Guanacaste, República de Costa Rica, del 1 al 8 de febrero de
2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- El cumplimiento de la presente autorización no irroga gasto alguno al Tesoro Público, ni otorga derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase de denominación.
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, el comisionado mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, debe presentar ante el Titular del Sector, un informe detallado dando cuenta de las acciones realizadas y los resultados obtenidos.
Artículo 4.- Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial en sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), y en el portal institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www. gob. pe/serfor).
