Resolución Directoral N.° DOOOOQ6-2026-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGA
28 de enero de 2026
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar la constitución del “Encargo” por la suma de S/ 1,276.00 (Un mil doscientos setenta y seis con 00/100 soles), a nombre del señor Martin Nizama Teixeira, para la realización del EVENTO denominado: Inspección ocular para verificar la existencia de las especies forestales declaradas en la solicitud de autorización de desbosque para áreas auxiliares en el sector 1: Dren Boquerón de Núñez del Proyecto “Entrega del drenaje de Sullana, de soluciones integrales (Paquete D-05)”, que comprende las áreas auxiliares (DME Autódromo), DMO Marcavelica y zona de acopio Ojeda 2, cada uno con sus respectivos accesos); de fecha 28 al 30 de enero de 2026.
La ejecución del gasto se realizará de acuerdo a lo indicado en la presente Resolución, en la localidad donde se efectuarán las contrataciones y en el plazo establecido, con sujeción al monto máximo antes señalado, siendo responsabilidad del encargado asumir cualquier exceso del monto autorizado, salvo casos fortuitos ocasionados por fenómenos de la naturaleza.
Artículo 2.- La persona autorizada deberá guardar las medidas de seguridad necesarias para la custodia del fondo encargado, así como observar las normas aplicables al caso para su ejecución, conforme lo establece la Directiva de Tesorería N° 001-2007-EF/77.15, aprobada por Resolución Directoral N° 002-2007-EF/77.15, modificada mediante Resolución Directoral Nº 004-2009-EF/77.15. Las adquisiciones y/o contrataciones de bienes y/o servicios por un mismo
concepto y proveedor no deberán ser realizadas por montos mayores a ocho (08) Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
Asimismo, deberá considerar que para la contratación de proveedores por importes
mayores a una (01) UIT, se requiere que el proveedor cuente con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) y no encontrarse impedido de contratar con el estado, para lo cual, el proveedor presentará una Declaración Jurada.
Artículo 3.- Notificar la presente Resolución al señor Martin Nizama Teixeira, quien deberá rendir cuenta documentada por los gastos efectuados, dentro del plazo de tres (03) días hábiles de concluida la actividad materia del presente encargo, bajo responsabilidad.
Artículo 4.- Autorizar a las Oficinas de Contabilidad y Tesorería, a efectuar las acciones necesarias para el cumplimiento de la ejecución del gasto público en las etapas del compromiso, devengado y pago.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Web del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe).
Artículo 1.- Autorizar la constitución del “Encargo” por la suma de S/ 1,276.00 (Un mil doscientos setenta y seis con 00/100 soles), a nombre del señor Martin Nizama Teixeira, para la realización del EVENTO denominado: Inspección ocular para verificar la existencia de las especies forestales declaradas en la solicitud de autorización de desbosque para áreas auxiliares en el sector 1: Dren Boquerón de Núñez del Proyecto “Entrega del drenaje de Sullana, de soluciones integrales (Paquete D-05)”, que comprende las áreas auxiliares (DME Autódromo), DMO Marcavelica y zona de acopio Ojeda 2, cada uno con sus respectivos accesos); de fecha 28 al 30 de enero de 2026.
La ejecución del gasto se realizará de acuerdo a lo indicado en la presente Resolución, en la localidad donde se efectuarán las contrataciones y en el plazo establecido, con sujeción al monto máximo antes señalado, siendo responsabilidad del encargado asumir cualquier exceso del monto autorizado, salvo casos fortuitos ocasionados por fenómenos de la naturaleza.
Artículo 2.- La persona autorizada deberá guardar las medidas de seguridad necesarias para la custodia del fondo encargado, así como observar las normas aplicables al caso para su ejecución, conforme lo establece la Directiva de Tesorería N° 001-2007-EF/77.15, aprobada por Resolución Directoral N° 002-2007-EF/77.15, modificada mediante Resolución Directoral Nº 004-2009-EF/77.15. Las adquisiciones y/o contrataciones de bienes y/o servicios por un mismo
concepto y proveedor no deberán ser realizadas por montos mayores a ocho (08) Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
Asimismo, deberá considerar que para la contratación de proveedores por importes
mayores a una (01) UIT, se requiere que el proveedor cuente con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) y no encontrarse impedido de contratar con el estado, para lo cual, el proveedor presentará una Declaración Jurada.
Artículo 3.- Notificar la presente Resolución al señor Martin Nizama Teixeira, quien deberá rendir cuenta documentada por los gastos efectuados, dentro del plazo de tres (03) días hábiles de concluida la actividad materia del presente encargo, bajo responsabilidad.
Artículo 4.- Autorizar a las Oficinas de Contabilidad y Tesorería, a efectuar las acciones necesarias para el cumplimiento de la ejecución del gasto público en las etapas del compromiso, devengado y pago.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Web del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe).
