Resolución Directoral N.° D000231-2025-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGA

22 de agosto de 2025

Artículo 1.- Autorizar la constitución del “Encargo” por la suma de S/ 1,399.00 (Un mil
trescientos noventa y nueve con 00/100 soles), a nombre del Sr. Wilder Máximo Velazco
Gonzales, para la realización del evento denominado: Inspección ocular para verificar la
existencia de las especies forestales declaradas en la solicitud de desbosque del proyecto
descolmatación del río Ñaupe de la "Obra accesoria puente Querpón KM 131 + 330 al KM 132 +
330 del proyecto corredor vial amazonas norte, tramo 5: Piura – olmos; distrito de olmos,
provincia y departamento de Lambayeque a realizarse del 25 al 27 de agosto del 2025.
La afectación presupuestal se realizará de acuerdo al siguiente detalle:
Certificación Presupuestar : 003159
Cadena Funcional : 0130 3000695 5005180 10 054 0120
Meta Presupuestal : 0109
Fuente de Financiamiento : Recursos Ordinarios
Específicas del Gasto :
Específica de
Gastos Concepto Importe
S/.
2.3. 1 1. 1 1 ALIMENTOS Y BEBIDAS PARA CONSUMO HUMANO 75.00
2.3. 1 99. 1 99 OTROS BIENES 24.00
2.3. 2 5. 1 2 DE VEHICULOS 1,300.00
Total 1,399.00
La ejecución del gasto se realizará de acuerdo a lo indicado en la presente Resolución,
en la localidad donde se efectuarán las contrataciones y en el plazo establecido, con sujeción al
monto máximo antes señalado, siendo responsabilidad del encargado asumir cualquier exceso
del monto autorizado, salvo casos fortuitos ocasionados por fenómenos de la naturaleza.
Artículo 2.- La persona autorizada deberá guardar las medidas de seguridad necesarias
para la custodia del fondo encargado, así como observar las normas aplicables al caso para su
ejecución, conforme lo establece la Directiva de Tesorería N° 001-2007-EF/77.15, aprobada por
Resolución Directoral N° 002-2007-EF/77.15, modificada mediante Resolución Directoral Nº 004-
2009-EF/77.15. Las adquisiciones y/o contrataciones de bienes y/o servicios por un mismo
concepto y proveedor no deberán ser realizadas por montos mayores a ocho (08) Unidades
Impositivas Tributarias (UIT).
Asimismo, deberá considerar que para la contratación de proveedores por importes
mayores a una (01) UIT, se requiere que el proveedor cuente con inscripción vigente en el
Registro Nacional de Proveedores (RNP) y no encontrarse impedido de contratar con el estado,
para lo cual, el proveedor presentará una Declaración Jurada.
Artículo 3.- Notificar la presente resolución al Sr. Wilder Máximo Velazco Gonzales,
quien deberá rendir cuenta documentada por los gastos efectuados, dentro del plazo de tres (03)
días hábiles de concluida la actividad materia del presente encargo, bajo responsabilidad.
Artículo 4.- Autorizar a las Oficinas de Contabilidad y Tesorería, a efectuar las acciones
necesarias para el cumplimiento de la ejecución del gasto público en las etapas del compromiso,
devengado y pago.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Web del
Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe).
Vista preliminar de documento RD-000231-2025-GG-OGA

RD-000231-2025-GG-OGA

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