Resolución de Dirección Ejecutiva N.° D000149-2025-MIDAGRI-SERFOR-DE
7 de agosto de 2025
Artículo 1.- Autorizar la adquisición de vehículos
Autorizar a la Unidad Ejecutora 003: Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el
Perú, para que en el año fiscal 2025, efectúe la adquisición, para la implementación de las
intervenciones a su cargo, de veinticuatro (24) motocicletas, en el marco de la ejecución de los
Proyectos de Inversión: “Mejoramiento y ampliación del ordenamiento del patrimonio forestal en 9
departamentos”, con Código Único de Inversión 2452861 y “Mejoramiento y Ampliación de la
Producción Forestal Sostenible en Bosques Naturales en 5 Departamentos”, con Código Único de
Inversión 2455355, en el marco de lo dispuesto en el numeral 10.4 del artículo 10 de la Ley Nº
32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025.
Artículo 2.- Acciones necesarias
Disponer que la Unidad Ejecutora 003: Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en
el Perú, realice los trámites necesarios para coadyuvar a lo dispuesto en el Artículo 1 de la presente
Resolución, los cuales deberán realizarse siguiendo estrictamente la normativa aplicable.
Autorizar a la Unidad Ejecutora 003: Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el
Perú, para que en el año fiscal 2025, efectúe la adquisición, para la implementación de las
intervenciones a su cargo, de veinticuatro (24) motocicletas, en el marco de la ejecución de los
Proyectos de Inversión: “Mejoramiento y ampliación del ordenamiento del patrimonio forestal en 9
departamentos”, con Código Único de Inversión 2452861 y “Mejoramiento y Ampliación de la
Producción Forestal Sostenible en Bosques Naturales en 5 Departamentos”, con Código Único de
Inversión 2455355, en el marco de lo dispuesto en el numeral 10.4 del artículo 10 de la Ley Nº
32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025.
Artículo 2.- Acciones necesarias
Disponer que la Unidad Ejecutora 003: Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en
el Perú, realice los trámites necesarios para coadyuvar a lo dispuesto en el Artículo 1 de la presente
Resolución, los cuales deberán realizarse siguiendo estrictamente la normativa aplicable.