Resolución de Dirección Ejecutiva N.° D000279-2022-MIDAGRI-SERFOR-DE
24 de noviembre de 2022
Artículo 1Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
Autorizar la Transferencia Financiera para el Año Fiscal 2022. hasta por la suma de SI 1 038 869,00 (Un Millón Treinta y Ocho Mil Ochocientos Sesenta y Nueve 00/100 Soles), a favor del Pliego 019: Contraloria General, para financiar las acciones de control concurrente del PIP CUI Proyecto 2452861: “Mejoramiento y ampliación del ordenamiento del patrimonio forestal en 9 departamentos", en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente.
Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera aprobada en el articulo 1 de la presente Resolución, se realiza con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2022 del Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, Unidad Ejecutora 003: Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, en la Categoría Presupuestal 0130 “Competitividad y aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de la fauna silvestre", Proyecto 2452861: “Mejoramiento y ampliación del ordenamiento del patrimonio forestal en 9 departamentos". Acción de Inversión: 6000053: Control Concurrente, Categoría de Gasto: 6 “Gasto de Capital", Genérica de Gasto 2.4 “Donaciones y Transferencias” y Específica del
Gasto: 2.4.2.3.1.1. "A Otras Unidades del Gobierno Nacional” en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, hasta por la suma de S1 1 038 869,00 (Un Millón Treinta y Ocho Mil Ochocientos Sesenta y Nueve 00/100 Soles).
Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Notificación Copia de la presente Resolución se remite a la Unidad Ejecutora 003: Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, para que efectúe las acciones necesarias conducentes al cumplimiento de la Transferencia Financiera aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución.
Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en la Sede Digital del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.gob.pe/serfor), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Autorizar la Transferencia Financiera para el Año Fiscal 2022. hasta por la suma de SI 1 038 869,00 (Un Millón Treinta y Ocho Mil Ochocientos Sesenta y Nueve 00/100 Soles), a favor del Pliego 019: Contraloria General, para financiar las acciones de control concurrente del PIP CUI Proyecto 2452861: “Mejoramiento y ampliación del ordenamiento del patrimonio forestal en 9 departamentos", en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente.
Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera aprobada en el articulo 1 de la presente Resolución, se realiza con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2022 del Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, Unidad Ejecutora 003: Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, en la Categoría Presupuestal 0130 “Competitividad y aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de la fauna silvestre", Proyecto 2452861: “Mejoramiento y ampliación del ordenamiento del patrimonio forestal en 9 departamentos". Acción de Inversión: 6000053: Control Concurrente, Categoría de Gasto: 6 “Gasto de Capital", Genérica de Gasto 2.4 “Donaciones y Transferencias” y Específica del
Gasto: 2.4.2.3.1.1. "A Otras Unidades del Gobierno Nacional” en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, hasta por la suma de S1 1 038 869,00 (Un Millón Treinta y Ocho Mil Ochocientos Sesenta y Nueve 00/100 Soles).
Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Notificación Copia de la presente Resolución se remite a la Unidad Ejecutora 003: Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, para que efectúe las acciones necesarias conducentes al cumplimiento de la Transferencia Financiera aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución.
Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en la Sede Digital del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.gob.pe/serfor), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.