Resolución Administrativa N.° D000459-2022-MIDAGRI-SERFOR-ATFFS-SELVA-CENTRAL
10 de noviembre de 2022
Artículo 1°.- Sancionar a la persona de Paulino Agustín Peña Ñaupari, identificado con DNI N° 20530525, domiciliado según ficha RENIEC en el Anexo Porvenir, distrito y provincia Chanchamayo, departamento Junín; por la comisión de la infracción al literal “e” del numeral 207.3, artículo 207° del Reglamento para la Gestión Forestal aprobado con Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, que señala, “Talar recursos forestales sin autorización”; con una multa de 0.15 UIT, vigente a la fecha en que cumpla con el pago de la misma; en virtud a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2º.- El importe de la multa impuesta deberá ser depositado por el administrado, en el Banco de la Nación (Código de Transacción 9660 – Código de pago 7827), y una vez realizado el pago deberá acercarse a cualquiera de las Sedes de la ATFFS Selva Central para realizar el canje correspondiente. Asimismo, considerando los beneficios del pronto pago, se tiene que el monto de la multa que refiere en el artículo 1°, podrá ser reducido en un 25%, si el imputado realiza el pago dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la notificación de la presente resolución administrativa, siendo que la multa que resulte de la aplicación del descuento no puede ser menor a 0.10 UIT, de acuerdo a lo establecido en el numeral 8.5, artículo 8 del Decreto Supremo N.º 007-2021-MIDAGRI, que aprueba el Reglamento de Infracciones y Sanciones en Materia Forestal y de Fauna Silvestre; y de incumplir con el pago, se procederá a su cobro coactivo. Cabe señalar que, conforme a la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 172-2019-MINAGRI-SERFOPR-DE, el imputado puede acogerse a los lineamientos para la compensación de multas por infracción a la legislación forestal y de fauna silvestre.
Artículo 3º.- Notificar, la presente resolución a la persona de Paulino Agustín Peña Ñaupari, identificado con DNI N° 20530525, domiciliado según ficha RENIEC en el Anexo Porvenir, distrito y provincia Chanchamayo, departamento Junín, a efectos que tome conocimiento de su contenido. Asimismo, informarle que, de creerlo conveniente, tiene el derecho de interponer los recursos impugnativos contemplados en el TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, dentro del plazo de quince (15) días hábiles más el término de la distancia, en caso corresponda, contados a partir del día siguiente de notificada la misma, sea ante mesa de partes de la ATFFS Selva Central o sus diferentes sedes.
Artículo 4º.- Remitir la presente Resolución Administrativa a la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, a la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de Chanchamayo y a la Sede Chanchamayo de esta Administración Técnica, para los fines pertinentes.
Artículo 2º.- El importe de la multa impuesta deberá ser depositado por el administrado, en el Banco de la Nación (Código de Transacción 9660 – Código de pago 7827), y una vez realizado el pago deberá acercarse a cualquiera de las Sedes de la ATFFS Selva Central para realizar el canje correspondiente. Asimismo, considerando los beneficios del pronto pago, se tiene que el monto de la multa que refiere en el artículo 1°, podrá ser reducido en un 25%, si el imputado realiza el pago dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la notificación de la presente resolución administrativa, siendo que la multa que resulte de la aplicación del descuento no puede ser menor a 0.10 UIT, de acuerdo a lo establecido en el numeral 8.5, artículo 8 del Decreto Supremo N.º 007-2021-MIDAGRI, que aprueba el Reglamento de Infracciones y Sanciones en Materia Forestal y de Fauna Silvestre; y de incumplir con el pago, se procederá a su cobro coactivo. Cabe señalar que, conforme a la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 172-2019-MINAGRI-SERFOPR-DE, el imputado puede acogerse a los lineamientos para la compensación de multas por infracción a la legislación forestal y de fauna silvestre.
Artículo 3º.- Notificar, la presente resolución a la persona de Paulino Agustín Peña Ñaupari, identificado con DNI N° 20530525, domiciliado según ficha RENIEC en el Anexo Porvenir, distrito y provincia Chanchamayo, departamento Junín, a efectos que tome conocimiento de su contenido. Asimismo, informarle que, de creerlo conveniente, tiene el derecho de interponer los recursos impugnativos contemplados en el TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, dentro del plazo de quince (15) días hábiles más el término de la distancia, en caso corresponda, contados a partir del día siguiente de notificada la misma, sea ante mesa de partes de la ATFFS Selva Central o sus diferentes sedes.
Artículo 4º.- Remitir la presente Resolución Administrativa a la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, a la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de Chanchamayo y a la Sede Chanchamayo de esta Administración Técnica, para los fines pertinentes.