Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 046-2026-02.00
Autorizar la incorporación de mayores ingresos públicos al Presupuesto Institucional del Pliego 205
17 de febrero de 2026
Artículo 1°.- Objeto
Autorizar la incorporación de mayores ingresos públicos al Presupuesto Institucional del
Pliego 205: Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción para el Año
Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 20 141 040.00 (Veinte millones ciento cuarenta y un mil
cuarenta con 00/100 Soles), por la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente
Recaudados, de acuerdo al detalle:
Artículo 2°.- Codificación
La Oficina de Planificación y Presupuesto, solicitará a la Dirección General de
Presupuesto Público, de corresponder, las codificaciones que se requieran como consecuencia
de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
Artículo 3°.- Notas de Modificación Presupuestaria
La Oficina de Planificación y Presupuesto elaborara las correspondientes “Notas para la
Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la
presente resolución.
Artículo 4°.- Presentación de la Resolución
La Oficina de Planificación y Presupuesto, remite copia de la presente Resolución dentro
de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4
del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de
Presupuesto Público.
Artículo 5°. Publicación
Publicar la presente resolución en el portal web institucional de Servicio Nacional de
Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO.
Autorizar la incorporación de mayores ingresos públicos al Presupuesto Institucional del
Pliego 205: Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción para el Año
Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 20 141 040.00 (Veinte millones ciento cuarenta y un mil
cuarenta con 00/100 Soles), por la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente
Recaudados, de acuerdo al detalle:
Artículo 2°.- Codificación
La Oficina de Planificación y Presupuesto, solicitará a la Dirección General de
Presupuesto Público, de corresponder, las codificaciones que se requieran como consecuencia
de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
Artículo 3°.- Notas de Modificación Presupuestaria
La Oficina de Planificación y Presupuesto elaborara las correspondientes “Notas para la
Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la
presente resolución.
Artículo 4°.- Presentación de la Resolución
La Oficina de Planificación y Presupuesto, remite copia de la presente Resolución dentro
de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4
del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de
Presupuesto Público.
Artículo 5°. Publicación
Publicar la presente resolución en el portal web institucional de Servicio Nacional de
Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia Ejecutiva 2026
