Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 034-2026-02.00
Autorizar la incorporación de mayores ingresos públicos al Presupuesto Institucional del Pliego 205
30 de enero de 2026
ARTÍCULO 1°.- Objeto
Autorizar la incorporación de mayores ingresos públicos al Presupuesto
Institucional del Pliego 205: Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la
Construcción para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 8,000,000.00 (OCHO
MILLONES CON 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento Recursos
Directamente Recaudados, de acuerdo al detalle:
ARTÍCULO 2°.- Codificación
La Oficina de Presupuesto, solicitará a la Dirección General de Presupuesto
Público, de corresponder, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la
incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
EGRESOS EN SOLES
PLIEGO 205 SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN PARA LA
INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN
UNIDAD EJECUTORA 001-179 SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN PARA LA
INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001.ACCIONES CENTRALES
PRODUCTO / PROYECTO 3999999: SIN PRODUCTO
ACTIVIDAD 5000001. PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 02 RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS
TIPO TRANSACCIÓN 2.GASTOS PRESUPUESTARIOS
CATEGORÍA DE GASTO
GENERICA DE GASTO
5.GASTOS CORRIENTES
2.3. BIENES Y SERVICIOS 8 000 000.00
TOTAL, EGRESOS 8 000 000.00
INGRESOS EN SOLES
PLIEGO 205 SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN PARA LA
INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN
UNIDAD EJECUTORA 001-179 SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN PARA
LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 02 RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS
1.9. SALDOS DE BALANCE
1.9.1. SALDOS DE BALANCE
1.9.1.1. SALDOS DE BALANCE
1.9.1.1.1.1 SALDOS DE BALANCE
TOTAL, INGRESOS 8 000 000.00
ARTÍCULO 3°.- Notas de Modificación Presupuestaria
La Oficina de Planificación y Presupuesto elaborará las correspondientes “Notas
para la Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo
dispuesto en la presente resolución.
ARTÍCULO 4°.- Presentación de la Resolución
La Oficina de Planificación y Presupuesto, remite copia de la presente
Resolución dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos
señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto
Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
ARTÍCULO 5°.- Publicación
Publicar la presente resolución en el portal institucional de Servicio Nacional de
Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO.
Autorizar la incorporación de mayores ingresos públicos al Presupuesto
Institucional del Pliego 205: Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la
Construcción para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 8,000,000.00 (OCHO
MILLONES CON 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento Recursos
Directamente Recaudados, de acuerdo al detalle:
ARTÍCULO 2°.- Codificación
La Oficina de Presupuesto, solicitará a la Dirección General de Presupuesto
Público, de corresponder, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la
incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
EGRESOS EN SOLES
PLIEGO 205 SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN PARA LA
INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN
UNIDAD EJECUTORA 001-179 SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN PARA LA
INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001.ACCIONES CENTRALES
PRODUCTO / PROYECTO 3999999: SIN PRODUCTO
ACTIVIDAD 5000001. PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 02 RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS
TIPO TRANSACCIÓN 2.GASTOS PRESUPUESTARIOS
CATEGORÍA DE GASTO
GENERICA DE GASTO
5.GASTOS CORRIENTES
2.3. BIENES Y SERVICIOS 8 000 000.00
TOTAL, EGRESOS 8 000 000.00
INGRESOS EN SOLES
PLIEGO 205 SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN PARA LA
INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN
UNIDAD EJECUTORA 001-179 SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN PARA
LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 02 RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS
1.9. SALDOS DE BALANCE
1.9.1. SALDOS DE BALANCE
1.9.1.1. SALDOS DE BALANCE
1.9.1.1.1.1 SALDOS DE BALANCE
TOTAL, INGRESOS 8 000 000.00
ARTÍCULO 3°.- Notas de Modificación Presupuestaria
La Oficina de Planificación y Presupuesto elaborará las correspondientes “Notas
para la Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo
dispuesto en la presente resolución.
ARTÍCULO 4°.- Presentación de la Resolución
La Oficina de Planificación y Presupuesto, remite copia de la presente
Resolución dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos
señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto
Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
ARTÍCULO 5°.- Publicación
Publicar la presente resolución en el portal institucional de Servicio Nacional de
Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia Ejecutiva 2026
