Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 216-2025-02.00
Aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2026 del Pliego 205
22 de diciembre de 2025
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura
correspondiente al Año Fiscal 2026 del Pliego 205 Servicio Nacional de Capacitación
para la Industria de la Construcción – SENCICO, de acuerdo a lo siguiente:
El desagregado de los gastos, se detalla conforme al Anexo 2 “Presupuesto
Institucional de Apertura de los Gastos” y Anexo 2A “Presupuesto Institucional de
Apertura de los Gastos (Resumen Agregado)”, proporcionado por la Dirección General
de Presupuesto Público, los mismos que forman parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar los recursos que financian el Presupuesto Institucional
de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2026 del Pliego 205 Servicio Nacional de
Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, por Fuentes de
Financiamiento, de acuerdo a lo siguiente:
El desagregado de los Ingresos se detalla conforme al Anexo 1 “Presupuesto
Institucional de Apertura de los Ingresos por Partidas”, proporcionado por la Dirección
General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, el mismo que
forma parte de la presente resolución
ARTÍCULO 3°.- Aprobar la Estructura Programática y la Estructura Funcional
correspondiente al Año Fiscal 2026, conforme se detalla en los Anexo 3 y 4
proporcionados por la Dirección General de Presupuesto Público, los mismos que
forman parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 4°.- La Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Pliego 205
Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, es
responsable del seguimiento y control del proceso presupuestario, teniendo en cuenta
el desagregado de los gastos y los recursos que lo financian, establecidos en los
artículos 1 y 2 de la presente resolución.
ARTÍCULO 5°.- La Oficina de Planificación y Presupuesto, remite copia del
presente dispositivo a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del
Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto
Público.
ARTÍCULO 6°.- Disponer la publicación de la presente resolución y sus anexos
en el portal institucional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la
Construcción – SENCICO y en el Portal de Transparencia Estándar de la Entidad.
correspondiente al Año Fiscal 2026 del Pliego 205 Servicio Nacional de Capacitación
para la Industria de la Construcción – SENCICO, de acuerdo a lo siguiente:
El desagregado de los gastos, se detalla conforme al Anexo 2 “Presupuesto
Institucional de Apertura de los Gastos” y Anexo 2A “Presupuesto Institucional de
Apertura de los Gastos (Resumen Agregado)”, proporcionado por la Dirección General
de Presupuesto Público, los mismos que forman parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar los recursos que financian el Presupuesto Institucional
de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2026 del Pliego 205 Servicio Nacional de
Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, por Fuentes de
Financiamiento, de acuerdo a lo siguiente:
El desagregado de los Ingresos se detalla conforme al Anexo 1 “Presupuesto
Institucional de Apertura de los Ingresos por Partidas”, proporcionado por la Dirección
General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, el mismo que
forma parte de la presente resolución
ARTÍCULO 3°.- Aprobar la Estructura Programática y la Estructura Funcional
correspondiente al Año Fiscal 2026, conforme se detalla en los Anexo 3 y 4
proporcionados por la Dirección General de Presupuesto Público, los mismos que
forman parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 4°.- La Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Pliego 205
Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, es
responsable del seguimiento y control del proceso presupuestario, teniendo en cuenta
el desagregado de los gastos y los recursos que lo financian, establecidos en los
artículos 1 y 2 de la presente resolución.
ARTÍCULO 5°.- La Oficina de Planificación y Presupuesto, remite copia del
presente dispositivo a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del
Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto
Público.
ARTÍCULO 6°.- Disponer la publicación de la presente resolución y sus anexos
en el portal institucional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la
Construcción – SENCICO y en el Portal de Transparencia Estándar de la Entidad.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia Ejecutiva 2025





