Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 212-2025-02.00
APROBAR, la modificación del Contrato N° 022-2023- SENCICO-03.00
16 de diciembre de 2025
ARTÍCULO 1º.- APROBAR, la modificación del Contrato N° 022-2023-
SENCICO-03.00 del "Servicio de seguridad y vigilancia para las dependencias
del SENCICO – Ítem Paquete N° 03: Gerencia Zonal Huancayo y Centro de
Formación Huancavelica", a fin de que se incremente el monto contractual por la
suma de S/ 66,485.98 (Sesenta y seis mil cuatrocientos ochenta y cinco con
98/100 soles), por el incremento de la Remuneración Mínima Vital aprobada por
el Decreto Supremo N° 006-2024-TR, de fecha 28 de diciembre de 2024, que
dispuso aumentar en S/ 105.00 (ciento cinco con 00/100 Soles) la Remuneración
Mínima Vital de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad
privada, con lo cual la Remuneración Mínima Vital asciende a S/ 1,130.00 (Mil
ciento treinta con 00/100 Soles).
ARTÍCULO 2°.- NOTIFICAR, la presente Resolución a la Gerente de la
Oficina de Administración y Finanzas y al Jefe del Departamento de
Abastecimiento, para los fines correspondientes.
ARTÍCULO 3°.- ENCARGAR, al Departamento de Abastecimiento, la
notificación de la presente Resolución al contratista.
ARTÍCULO 4º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el
portal institucional (www.sencico.gob.pe
SENCICO-03.00 del "Servicio de seguridad y vigilancia para las dependencias
del SENCICO – Ítem Paquete N° 03: Gerencia Zonal Huancayo y Centro de
Formación Huancavelica", a fin de que se incremente el monto contractual por la
suma de S/ 66,485.98 (Sesenta y seis mil cuatrocientos ochenta y cinco con
98/100 soles), por el incremento de la Remuneración Mínima Vital aprobada por
el Decreto Supremo N° 006-2024-TR, de fecha 28 de diciembre de 2024, que
dispuso aumentar en S/ 105.00 (ciento cinco con 00/100 Soles) la Remuneración
Mínima Vital de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad
privada, con lo cual la Remuneración Mínima Vital asciende a S/ 1,130.00 (Mil
ciento treinta con 00/100 Soles).
ARTÍCULO 2°.- NOTIFICAR, la presente Resolución a la Gerente de la
Oficina de Administración y Finanzas y al Jefe del Departamento de
Abastecimiento, para los fines correspondientes.
ARTÍCULO 3°.- ENCARGAR, al Departamento de Abastecimiento, la
notificación de la presente Resolución al contratista.
ARTÍCULO 4º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el
portal institucional (www.sencico.gob.pe
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia Ejecutiva 2025
