Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 184-2025-02.00

APROBAR la Transferencia Financiera con cargo al presupuesto Institucional 2025, del Pliego 205

5 de noviembre de 2025

ARTÍCULO 1°.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría
General de la República
APROBAR la Transferencia Financiera con cargo al presupuesto Institucional
2025, del Pliego 205 Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la
Construcción – SENCICO, por el importe de S/ 99,686.00 (Noventa y nueve mil
seiscientos ochenta y seis con 00/100 soles), con fondos de la Fuente de
Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados, a favor de la Contraloría
General de la República, para financiar el 100 % de la retribución económica que
incluye el IGV, para la contratación de la Sociedad de Auditoría Externa que realizará
la auditoría correspondiente al periodo 2025.

ARTÍCULO 2°.- Pago de derecho por concepto de designación a favor de
la Contraloría General de la República
AUTORIZAR el pago de derecho por concepto de designación o supervisión,
mediante depósito en la Cuenta Corriente de la Contraloría General de la República,
por el monto de S/ 15,207.00 (Quince mil doscientos siete y 00/100 soles), con fondos
de la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados, por los
gastos derivados de la contratación de la Sociedad de Auditoría que realizará las
labores de control posterior externo al SENCICO, correspondiente a los períodos
2025, 2026 y 2027

ARTÍCULO 3°.- Financiamiento
DISPONER que lo preceptuado en los artículos precedentes, se atienden con
cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del pliego 205: Servicio
Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO en la
Categoría Presupuestal 9001; Actividad 50000003: Gestión Administrativa; Genérica
del Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias; Especifica de Gasto: 2.4.1 3 1 1 a otras
del Gobierno Nacional; Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente
Recaudados.

ARTÍCULO 4°.- Limitaciones al uso de los recursos
DISPONER que los recursos de la transferencia financiera aprobadas en la
presente resolución, no pueden destinarse, bajo responsabilidad, a fines distintos a
los establecidos.

ARTÍCULO 5°.- Acciones Administrativas
DISPONER que la Oficina de Administración y Finanzas efectúa las acciones
administrativas pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente
Resolución.

ARTÍCULO 6°.- Publicación
DISPONER que la presente Resolución se publique en el Portal Institucional
(www.gob.pe/sencico), y en el Diario Oficial El Peruano.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia Ejecutiva 2025

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