Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 174-2025-02.00
Autorizar la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 205
24 de octubre de 2025
Artículo 1°. Objeto
Autorizar la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto
Institucional del Pliego 205: Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la
Construcción para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/.4,118,885 (CUATRO
MILLONES CIENTO DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100
SOLES), en la Genérica 2.3 Bienes y Servicios, por la Fuente de Financiamiento
Recursos Directamente Recaudados, de acuerdo al anexo que forma parte de la
presente resolución.
Artículo 2°. Notas de Modificación Presupuestaria
La Oficina de Planificación y Presupuesto elabora las correspondientes “Notas
de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto
en la presente norma.
Artículo 3°. Presentación de la Resolución
La Oficina de Planificación y Presupuesto remite copia de la presente Resolución
dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el
numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del
Sistema Nacional de Presupuesto Público.
Artículo 4°.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en el portal institucional de
Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción.
Autorizar la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto
Institucional del Pliego 205: Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la
Construcción para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/.4,118,885 (CUATRO
MILLONES CIENTO DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100
SOLES), en la Genérica 2.3 Bienes y Servicios, por la Fuente de Financiamiento
Recursos Directamente Recaudados, de acuerdo al anexo que forma parte de la
presente resolución.
Artículo 2°. Notas de Modificación Presupuestaria
La Oficina de Planificación y Presupuesto elabora las correspondientes “Notas
de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto
en la presente norma.
Artículo 3°. Presentación de la Resolución
La Oficina de Planificación y Presupuesto remite copia de la presente Resolución
dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el
numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del
Sistema Nacional de Presupuesto Público.
Artículo 4°.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en el portal institucional de
Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia Ejecutiva 2025
