Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 116-2025-02.00
Autorizar la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 205
11 de junio de 2025
Artículo 1°.
- Objeto
Autorizar la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 205: Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/. 23,311,973.00 (VEINTITRES MILLONES TRESCIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), en la genérica 2.6 Adquisición Activos no Financieros, por la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, de acuerdo al anexo que forma parte de la presente resolución.
Artículo 2°.- Notas de Modificación Presupuestaria La Oficina de Planificación y Presupuesto elabora las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3°.- Presentación de la Resolución Encargar a la Oficina de Planificación y Presupuesto, remitir copia de la presente resolución dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
Artículo 4°.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el portal institucional de Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción.
- Objeto
Autorizar la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 205: Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/. 23,311,973.00 (VEINTITRES MILLONES TRESCIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), en la genérica 2.6 Adquisición Activos no Financieros, por la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, de acuerdo al anexo que forma parte de la presente resolución.
Artículo 2°.- Notas de Modificación Presupuestaria La Oficina de Planificación y Presupuesto elabora las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3°.- Presentación de la Resolución Encargar a la Oficina de Planificación y Presupuesto, remitir copia de la presente resolución dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
Artículo 4°.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el portal institucional de Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia Ejecutiva 2025