Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 021-2025-02.00

DECLARAR la nulidad de oficio de la buena pro del procedimiento de selección denominado Licitación Pública N° 003-2024-SENCICO

28 de enero de 2025

ARTÍCULO 1º.- DECLARAR la nulidad de oficio de la buena pro del procedimiento de selección denominado Licitación Pública N° 003-2024-SENCICO “Adquisición de herramientas de construcción para la capacitación de las Sedes Zonales a nivel nacional” - Ítem 7 (Taladro eléctrico portátil atornillador inalámbrico de 20V), por la causal de contravención de normas legales establecida en el artículo 44° del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado: (i) Incumplimiento de lo señalado en el numeral 73.2 del artículo 73 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado – Presentación de Ofertas; (ii) Vulneración del Principio de igualdad de trato establecido en el literal b) del artículo 2 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, debiéndose retrotraer el procedimiento de selección a la etapa de evaluación y calificación de ofertas.

ARTÍCULO 2º.- DISPONER que el Gerente de la Oficina de Administración y Finanzas, remita copia del expediente de contratación, al secretario técnico del SENCICO, a efectos que tramite el deslinde de responsabilidades, y se determine las responsabilidades a que hubiera lugar, a los funcionarios y/o servidores públicos, que intervinieron en la presente nulidad.

ARTÍCULO 3º.- ENCARGAR al Jefe del Departamento de Abastecimiento, el registro de la presente resolución en el SEACE.

ARTÍCULO 4º.- DISPONER que el Jefe del Departamento de Abastecimiento, notifique la presente resolución a los miembros del Comité de Selección del procedimiento de selección de la Licitación Pública N° 003-2024-SENCICO Ítem 7

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