Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 198-2022-02.00

Declarar de Oficio la Nulidad del procedimiento de selección del Concurso Público N° 03-2022-SENCICO, para la contratación del “Servicio de Solución Corporativa Cloud Computing (Nube)

30 de setiembre de 2022

Declarar de Oficio la Nulidad del procedimiento de selección del Concurso Público N° 03-2022-SENCICO, para la contratación del “Servicio de Solución Corporativa Cloud Computing (Nube); debiéndose retrotraer hasta la Etapa de Calificación de Ofertas, a efecto de que el Comité de Selección proceda descalificar la oferta de la empresa CENTURYLINK PERU S.A.C, dado que contraviene el literal a) del artículo 2 del TUO de la Ley 30225, que contempla el Principio de Concurrencia, que exige “Libertad de concurrencia. Las Entidades promueven el libre acceso y participación de proveedores en los procesos de contratación que realicen, debiendo evitarse exigencias y formalidades costosas e innecesarias. Se encuentra prohibida la adopción de prácticas que limiten o afecten la libre concurrencia de proveedores“; el artículo 75 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y el numeral 20 de los Términos de Referencia de las Bases Integradas del Concurso Público N° 03-2022-SENCICO.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia Ejecutiva 2022

Documentos

Vista preliminar de documento Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 198-2022-02.00.pdf

Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 198-2022-02.00.pdf

PDF
496 KB