DETERMINACIÓN DE BASE IMPONIBLE
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16 de julio de 2020
¿Cuál es la base imponible para la aplicación de la tasa de la contribución al SENCICO?
La Base Imponible está constituida por los ingresos percibidos por concepto de mano de obra, materiales, gastos generales, dirección técnica, utilidad y cualquier otro elemento facturado al cliente, cualquiera que sea el sistema de contratación de obras.
Base Legal: Art. 21º del Decreto Legislativo 147 y Art. 50º del D.S. 032-2001-MTC.
Esta publicación pertenece al compendio Contribución al SENCICO