Obligación Sustancial - Pagos de la Contribución al Sencico

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30 de marzo de 2023

Si eres una persona natural o jurídica, que desarrollas actividades de Construcción señalados en CIIU Sección F - Construcción (IV Revisión). Deberás realizar el aporte al SENCICO, el cual es el 0.2% del total de los ingresos facturados al cliente mensualmente (Base imponible).

Recuerda:
Los pagos son mensuales o de acuerdo a la facturación del cliente.
  • Las fechas de vencimiento de los pagos, es de acuerdo al último dígito del RUC según:
  1.  Cronograma de pagos de las Obligaciones Tributarias Mensuales que determina la SUNAT.
  2.  Prórroga para distritos declarados en estado de emergencia.
  • El Código de Tributo es 7031 - SENCICO.
  • Realiza los pagos en las oficinas del Banco de la Nación, Bancos afiliados a la cadena de Recaudación SUNAT (Scotiabank, Interbank, BBVA, BCP, Citibank, BanBif, Banco GNB, Pichincha y Banco de Comercio. Para usarla, primero debes afiliarte con tu banco),  pago electrónico - Clave SOL,  pago con cargo a la cuenta de detracciones del Banco de la Nación (BN) o mediante pago con Número de NPS - SUNAT.



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Prórroga por estado de emergencia.

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