NORMA INTERNACIONAL
 
“Reglamentación del embalaje de madera utilizado en el comercio internacional”.
 
La presente norma describe las medidas fitosanitarias que disminuyen el riesgo de introducción y/o dispersión de plagas cuarentenarias asociadas con la movilización en el comercio internacional de embalaje de madera fabricado de madera en bruto. El embalaje de madera regulado por esta norma incluye la madera de estiba, pero excluye el embalaje fabricado con madera procesada de tal forma que quede libre de plagas (NIMF N°15).


NORMAS NACIONALES
 
La Normativa nacional tiene como objetivo reducir el riesgo de introducción y/o diseminación de plagas cuarentenarias relacionadas con embalajes de madera, especificar los procedimientos fitosanitarios para la autorización de funcionamiento y ejecución de los tratamientos a los embalajes de madera para la exportación; así como los procedimientos para el ingreso al país de mercadería con embalajes de madera (Resolución Directoral N° 105-2005-AG-SENASA-DGSV, Resolución Directoral Nº 350-2005-AG-SENASA-DGSV, Resolución Directoral Nº 518-2005-AG-SENASA-DGSV y Resolución Directoral N° 017-2006-AG-SENASA-DSV).  Para aprobar una planta de tratamiento de embalajes se debe tener en cuenta lo siguiente: 
 
APROBACION DE PLANTAS DE TRATAMIENTO DE EMBALAJES
1.     Contenido del expediente a presentar al SENASA para la certificación de plantas de tratamiento:

·         Solicitud dirigida a la Dirección Ejecutiva del ámbito de la Planta de Tratamiento. 
·         Copia de la Licencia Municipal de funcionamiento del establecimiento donde se encuentra la cámara de tratamiento. 
·         Memoria Descriptiva de la Planta de Tratamiento con planos de la planta e información de los equipos, registrador de datos, sensores, zona de resguardo, letreros indicadores, equipos de seguridad industrial.  
·         Certificado de calibración de sensores vigentes, no mayor a 1 año.
·         Currículo vitae del profesional responsable de la Planta de Tratamiento (Ing. Forestal, Agrónomo o Biólogo con conocimiento de plagas). 
·         Boleta de pago del Banco de la Nación (Cuenta Corriente Nº 0000-282499) por concepto, 5% UIT.

2.     Si el Expediente cumple con lo anterior se procederá a la Inspección y Validación de la Planta de Tratamiento Verificación de cumplimiento de los requisitos del Anexo 2 de la Resolución Directoral N° 105-2005-AG-SENASA-DGSV

·         Prueba de validación de tratamiento, impresión de data y gráfica.  
·         Llenado del formato de Inspección.  

3.    Remisión de Expediente a la Dirección de Sanidad Vegetal – Subdirección de Cuarentena Vegetal.

·         Evaluación de Expediente de acuerdo a requisitos solicitados en el numeral 1.
·         Evaluación del Acta de Inspección y validación de tratamiento (data y gráfica).
·         Aprobación y expedición del Certificado de ser el caso.

En éste archivo encontrara la lista actualizada de las empresas autorizadas por el SENASA para ejecutar los tratamientos fitosanitarios a los embalajes de madera. Plantas de tratamiento registradas y autorizadas.

IMPLEMENTACIÓN DE LA NORMA DE EMBALAJE DE MADERA EN LOS PAISES A NIVEL INTERNACIONAL 
 
A continuación se presenta la Lista de los países que han notificado a la Organización Mundial del Comercio (OMC), la aplicación de la Norma de embalajes (NIMF N° 15) en cada uno de sus países.
 
 Documentos relacionados
 
1.     Resolución Directoral N° 0012-2013-AG-SENASA-DSV con el que se publica el procedimiento de autorización de importación de madera para embalaje.
 

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