Comunicado sobre la evaluación ambiental de la ampliación del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez

Nota de prensa

29 de agosto de 2018 - 12:00 a. m.

El Senace, en su calidad de autoridad ambiental competente para la evaluación de los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d) de los proyectos del sector Transportes, informa a la opinión pública lo siguiente:

1. El 15 de diciembre del 2017, Lima Airport Partners (LAP), titular del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez (AIJCh), presentó al Senace la solicitud de Modificación del Estudio de Impacto Ambiental detallado (MEIA) para la ampliación del aeropuerto. El objeto del proyecto es mejorar la capacidad de la infraestructura aeroportuaria existente, a través de la construcción de una segunda pista de aterrizaje y despegue, un nuevo terminal, nuevos accesos, una nueva torre de control y todas las instalaciones e infraestructuras auxiliares necesarias para su operación. El titular ha estimado que el monto de inversión es de 1,200 millones de dólares.

2. Durante la evaluación de la MEIA, el Senace viene sosteniendo reuniones de coordinación con representantes de diversas entidades públicas[1], a quienes también se les ha solicitado opinión técnica en el marco de sus competencias. Asimismo, es importante precisar que durante este proceso de certificación ambiental se desarrollaron dos rondas de talleres participativos y una de audiencias públicas, cuyo detalle se puede ver aquí.

3. El 25 de mayo de 2018, el Senace emitió un informe técnico con 97 observaciones propias y otras de diversas entidades públicas[2]. El 1 de agosto de 2018, tras solicitar una extensión del plazo, LAP presentó ante el Senace el levantamiento de estas observaciones.

4. El 29 de agosto de 2018, tras revisar la documentación presentada por LAP, el Senace notificó el informe que solicita información complementaria de aquellas observaciones que persisten, entre otras, las vinculadas a la delimitación del área de influencia ambiental en base a modelamientos matemáticos, impacto por ruido, vibración, dispersión de contaminantes y tráfico, así como las estrategias de manejo ambiental para el potencial impacto del ruido. Cabe precisar que 8 de 10 opinantes técnicos indican como no absueltas la atención a sus observaciones.

5. LAP cuenta con 15 días hábiles para subsanar las observaciones persistentes, siendo el plazo máximo el 21 de setiembre de 2018. Una vez recibida la información, el Senace y las entidades opinantes tomarán la decisión final sobre la certificación ambiental para este proyecto.

Para más información sobre la evaluación ambiental de este caso visite la sección Grandes Proyectos en el portal web del Senace.

El Senace reafirma su compromiso con la rigurosidad, transparencia e imparcialidad en la evaluación ambiental a su cargo, así como con una participación ciudadana efectiva e inclusiva.

Miraflores, 29 de agosto de 2018.

[1] Ministerio de Transportes y Comunicaciones (Dirección General de Concesiones en Transportes -DGCT, Dirección General de Aeronáutica Civil-DGAC, Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial-CORPAC y la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales-DGASA), Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), Gobierno Regional del Callao (GORE Callao) y Municipalidad Provincial del Callao (MUNI Callao).

[2] Autoridad Nacional del Agua (ANA), SERNANP, Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú (DHN), MTC (DGCT, DGAC, CORPAC y DGASA) y Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin), Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA), GORE Callao, Municipalidad Provincial del Callao.