Poder Ejecutivo fortalece al Senace con nueva estructura y funciones

Nota de prensa

6 de setiembre de 2018 - 12:00 a. m.

Lima, 6 de setiembre de 2018.- Con la promulgación del Decreto Legislativo 1394 fueron aprobadas nuevas medidas que fortalecen al Senace con la finalidad de optimizar las funciones de la entidad y modernizar el servicio de evaluación de los estudios de impacto ambiental de los principales proyectos de inversión del país.

“Con estas disposiciones se consolidan las competencias del Senace, se genera mayor predictibilidad y seguridad jurídica para los inversionistas, se asegura la operatividad del Consejo Directivo de la institución y se promueve el diálogo con los actores involucrados en el proceso de certificación ambiental”, señaló Patrick Wieland, Jefe del Senace.

Las principales medidas aprobadas son las siguientes:

Nueva Estructura:

  • Se reordena la distribución de las funciones del Consejo Directivo y la Presidencia Ejecutiva para darle más agilidad a la toma de decisiones.
  • El Consejo Directivo pasa de ser uno compuesto por seis ministros de Estado a uno compuesto de seis representantes de los ministerios con la finalidad de dar mayor operatividad y dinámica al funcionamiento del Senace.
  • Se crea un órgano colegiado de segunda instancia administrativa que permita generar mayor independencia y cuente con especialización técnica, separando las funciones de Presidencia Ejecutiva de la segunda instancia.
  • Se mejora la conformación del Consejo Técnico Consultivo con la inclusión de un representante obligatorio de los colegios profesionales a fin de lograr mayor asesoramiento y representatividad.

Nuevas funciones:

  • Se elimina la disposición que permitía al Consejo de Ministros la posibilidad excluir proyectos de inversión de competencia de Senace a favor de otra entidad, lo que refuerza el modelo centralizado de la institución y permite mayor predictibilidad.
  • Se faculta al Senace elaborar un proceso único y uniforme de evaluación de EIA-d aplicable a todos los sectores a su cargo, con la finalidad de generar mayor estandarización de plazos, etapas y criterios. Este proceso será de 120 días hábiles y tiene silencio administrativo negativo. Esta propuesta será aprobada por el Ministerio del Ambiente.
  • Se faculta al Senace a aprobar las siguientes normas:
    • Aprobar lineamientos o pautas para la emisión de los informes y opiniones técnicas a cargo de las entidades con competencias ambientales, a efectos de uniformizar y hacer más efectiva la entrega de opiniones técnicas.
    • Emitir normas operativas para el ejercicio de las funciones a su cargo, en coordinación con el Ministerio del Ambiente.

Articulación:

  • Se habilita al Senace a promover espacios para fortalecer la confianza y propiciar el diálogo con la ciudadanía de manera transparente, autónoma e independiente.
  • Se empodera la plataforma digital del Senace, denominada “EVA”, al volver obligatorio su uso por parte de todas las entidades públicas que intervienen en la evaluación de EIA-d, a través de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado (PIDE), lo que reducirá los tiempos muertos en el proceso de evaluación y robustecerá la articulación interinstitucional y la ecoeficiencia.

Cabe precisar que han sido tomadas en cuenta las recomendaciones de la OCDE sobre el fortalecimiento e implementación del Senace, lo que permitirá al país contar con una gestión ambiental eficiente e independiente mediante un sistema de ventanilla única y con un referente técnico de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA). La OCDE sostiene que es importante asegurar la sostenibilidad financiera del Senace, así como integrar el conocimiento técnico, buenas prácticas y lecciones aprendidas de las entidades públicas que previamente tenían competencia para la evaluación del impacto ambiental de proyectos de inversión.

Sobre el Senace

El Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – Senace es un organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente cuya tarea consiste en revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d) de los proyectos de inversión mayor envergadura en los sectores Energía y Minas, Transporte, Agricultura y Residuos Sólidos.

Decreto Legislativo N° 1394

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