Resolución Directoral N.° Resolución Directoral N.° 029-2017-Senace/DGE

29 de diciembre de 2017

Enmendar de oficio el artículo 4 de la Resolución Directoral N° 328-2017-SENACE/DRA, de forma que donde:

Dice:

PACIFIC PROTECCIÓN INTEGRAL DE RECURSOS (PIR) SOCIEDAD ANONIMA CERRADA podrá solicitar la renovación de su inscripción dentro de los sesenta (60) días hábiles anteriores a la pérdida de su vigencia en el subsector Transportes, conforme a lo establecido en el artículo 17 del Reglamento”.

Debe decir:

PACIFIC PROTECCIÓN INTEGRAL DE RECURSOS (PIR) SOCIEDAD ANONIMA CERRADA podrá solicitar la renovación de su inscripción dentro de los sesenta (60) días hábiles anteriores a la pérdida de su vigencia en el subsector Energía (actividades de Electricidad e Hidrocarburos), conforme a lo establecido en el artículo 17 del Reglamento”.

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