Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 00030-2018-SENACE/PE

23 de noviembre de 2018

Declarar la NULIDAD DE OFICIO de la Resolución Directoral N° 280-2016- SENACE/DRA del 28 de octubre del 2016, mediante el cual se resolvió aprobar la inscripción en el subsector de Energía (Electricidad) a favor de CONSULTORIA CARRANZA E.I.R.L., en tanto dos de los especialistas que conforman el equipo profesional mínimo de dicha entidad autorizada, incumplen con los requisitos establecidos en el literal f) del artículo 9 y en el anexo II del Reglamento del Registro de Entidades Autorizadas para la Elaboración de Estudios Ambientales, en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental – SEIA, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2013-MINAM; con lo cual CONSULTORIA CARRANZA E.I.R.L. no acredita el requisito esencial referido a la conformación de un equipo profesional mínimo para su inscripción; configurándose de este modo el supuesto de nulidad previsto en el numeral 3 del artículo 10 en la Ley N° 27444 y sus modificatorias; declarando agotada la vía administrativa.

Disponer que la nulidad de oficio declarada en el artículo 1 de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva, no afecta los derechos adquiridos de buena fe de los titulares de los proyectos inversión y/o administrados que habrían contratado con CONSULTORIA CARRANZA E.I.R.L., para la elaboración de estudios ambientales; de conformidad con lo establecido en el numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 27444 y sus modificatorias.

VER INFORME Nº 00160-2018-SENACE-GG/OAJ

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