Resolución Directoral N.° Resolución Directoral Nº 0138-2019-SENACE-PE/DEAR
4 de setiembre de 2019
Artículo 1.- Aprobar el desistimiento parcial formulado por Cori Puno S.A.C., respecto de la pretensión referida a los objetivos relacionados con: i) Implementación de la Cantera Quillapata; ii) Reubicación del punto de monitoreo de calidad de agua superficial CW-07; y, iii) Optimización del manejo ambiental en el monitoreo de calidad de aguas superficiales, mediante el reemplazo de 3 piezómetros de control de calidad de aguas subterráneas (No construidas) como consecuencia de la implementación del depósito de relaves filtrados, solicitados mediante Trámite DC-2 M-ITS-00096-2019, de fecha 4 de julio de 2019, de conformidad a lo previsto en el numeral 200.6 del artículo 200° del TUO de la LPAG.
Artículo 2.- No Otorgar la conformidad al Quinto Informe Técnico Sustentatorio de la U.M. Untuca, presentado por Cori Puno S.A.C, de acuerdo con lo señalado en el artículo 132 del Reglamento Ambiental Minero en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 120-2014-MEM/DM.