Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 0064-2019-SENACE/PE

9 de julio de 2019

Declarar la NULIDAD DE OFICIO de la Resolución Directoral N° 323-2017-SENACE/DRA, del 16 de junio de 2017, en el extremo de la inscripción de DARECO CONSULTORES S.A.C., en los subsectores Energía (actividades Electricidad e Hidrocarburos) y Minería, por cuanto tres (3) de los especialistas que conforman el equipo profesional mínimo de dicha entidad autorizada, incumplen con los requisitos establecidos en los numerales e.4 y e.5 del literal e) del artículo 9 del Reglamento del Registro de Entidades Autorizadas para la Elaboración de Estudios Ambientales, en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental – SEIA, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2013-MINAM, configurándose de este modo el supuesto de nulidad previsto en el numeral 3 del artículo 10 del TUO de la LPAG; declarando agotada la vía administrativa.

Disponer que la nulidad de oficio declarada en el artículo 1 de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva, no afecta los derechos adquiridos de buena fe de los titulares de los proyectos inversión y/o administrados que habrían contratado con DARECO CONSULTORES S.A.C., para la elaboración de estudios ambientales; de conformidad con lo establecido en el numeral 12.1 del artículo 12 del TUO de la LPAG.

Anexo: INFORME Nº 00150-2019-SENACE-GG/OAJ

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