La Sociedad de Beneficencia de Puerto Maldonado, pone en conocimiento lo siguiente
Comunicado
28 de noviembre de 2023 - 5:34 p. m.
DESCARGA EL DOCUMENTO DEL COMUNICADO
PRIMERO: la relación de administrados que solicitaron trámite administrativo durante el periodo 2022, ya sea por el concepto de mausoleo familiar, sepultura en tierra V/o nicho.
SE.GUNDO: exhortamos a los administrados el cumplimiento de dar respuesta al trámite V/o pago de la deuda pendiente consecuente del trámite que haya realizado, antes mencionado dentro de un plazo de 30 días calendarios a partir de la fecha.
TERCERO: en caso no se cumpla se procederá a aplicar lo prescrito por la ley de Cementerios y Servicios Funerario N° 26298, el cual indica:
COMUNICADO
Artículo 29.- "de acuerdo a lo previsto en el segundo párrafo del articulo 7de la ley N° 26298, el dominio de los terrenos para sepultura que no hubieran sido construidos por los concesionarios en uso perpetuo dentro de los 10 años posteriores a su concesión, revertirá a favor del cementerio". De esta manera la Sociedad de Beneficencia de Puerto Maldonado, cumple con informar a la población a efecto de que se pueda tomar las previsiones del caso; ya que de existir alguna deuda con la entidad el administrado no podrá hacer uso del espacio en mausoleo
familiar, sepultura en tierra V/o nicho. Para mayor información y pagos estos se realizarán en las oficinas de la sede central ubicado en la Jr. Billinghurts s/n de lunes a viernes de 8:00 a 1:00 horas y de 14:00 a 16:00 horas,
correo Sociedad.beneficencia .pem@gmail.com
Para mayor precisión con la Oficina de Almacén y Archivo General. Puerto Maldonado 28 de noviembre del 2023
"Si usted ya pagó o dio respuesta al trámite administrativo, no tome en cuenta este aviso"
PRIMERO: la relación de administrados que solicitaron trámite administrativo durante el periodo 2022, ya sea por el concepto de mausoleo familiar, sepultura en tierra V/o nicho.
SE.GUNDO: exhortamos a los administrados el cumplimiento de dar respuesta al trámite V/o pago de la deuda pendiente consecuente del trámite que haya realizado, antes mencionado dentro de un plazo de 30 días calendarios a partir de la fecha.
TERCERO: en caso no se cumpla se procederá a aplicar lo prescrito por la ley de Cementerios y Servicios Funerario N° 26298, el cual indica:
COMUNICADO
Artículo 29.- "de acuerdo a lo previsto en el segundo párrafo del articulo 7de la ley N° 26298, el dominio de los terrenos para sepultura que no hubieran sido construidos por los concesionarios en uso perpetuo dentro de los 10 años posteriores a su concesión, revertirá a favor del cementerio". De esta manera la Sociedad de Beneficencia de Puerto Maldonado, cumple con informar a la población a efecto de que se pueda tomar las previsiones del caso; ya que de existir alguna deuda con la entidad el administrado no podrá hacer uso del espacio en mausoleo
familiar, sepultura en tierra V/o nicho. Para mayor información y pagos estos se realizarán en las oficinas de la sede central ubicado en la Jr. Billinghurts s/n de lunes a viernes de 8:00 a 1:00 horas y de 14:00 a 16:00 horas,
correo Sociedad.beneficencia .pem@gmail.com
Para mayor precisión con la Oficina de Almacén y Archivo General. Puerto Maldonado 28 de noviembre del 2023
"Si usted ya pagó o dio respuesta al trámite administrativo, no tome en cuenta este aviso"