Obligatoriedad de consignar el registro SINABIP de los predios involucrados en actos de administración, disposición y saneamiento

Comunicado
Comunicado N° 004-2021-SBN

Fotos: Comunicaciones

Oficina de Comunicaciones

8 de junio de 2021 - 12:52 p. m.

Se comunica a todas las entidades públicas que conforman el Sistema Nacional de
Bienes Estatales (SNBE) que, en virtud a lo dispuesto por los artículos 63 y 257 del
Reglamento de la Ley N.o 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales,
aprobado mediante Decreto Supremo N.o 008-2021-VIVIENDA, todas las entidades se
encuentran obligadas, bajo responsabilidad, a consignar en la resolución o contrato que
se emita, según sea el caso, sobre los actos de administración y disposición de predios
estatales, el número del Código Único SINABIP (CUS) del predio involucrado; y en los
actos de saneamiento físico legal, a indicar el mismo dato al momento de solicitar la
inscripción registral definitiva. Dicha información será materia de verificación por los
registradores públicos de la SUNARP.

Si cuenta con el número de partida registral o el número del CUS del predio, puede
validar la información a través de módulo SINABIP LIBRE:
https://catastro.sbn.gob.pe/scl/

Para incorporar o actualizar en el SINABIP la información de los predios estatales que se
encuentran bajo su titularidad o administración, se recomienda previamente designar a
un profesional como responsable de realizar dichas acciones y solicitar mediante oficio
a la Subdirección de Registro y Catastro de la SBN, la generación de los usuarios y claves
de acceso al módulo SINABIP WEB.

Para mayor información, sírvanse comunicarse a los correos electrónicos:
borihuela@sbn.gob.pe o aacosta@sbn.gob.pe.