Resolución N.° 0280-2025/SBN-DGPE-SDDI

28 de febrero de 2025

SE RESUELVE:
PRIMERO.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por la ASOCIACIÓN COUNTRY CLUB CARAL PERU representada por el señor Danny Armando Uceda Olguin, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.

Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Desarrollo Inmobiliario

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