Resolución N.° 1609-2024/SBN-DGPE-SDDI

29 de noviembre de 2024

Artículo 1°.- DISPONER la INDEPENDIZACIÓN, respecto de dos (2) áreas distribuidas de la siguiente manera: Área 1 de 37,97 m2 y Área 2 de 3,58 m2 , ubicadas en el distrito de Tantará, provincia de 5 Artículo 123.- Reversión de predios transferidos para proyectos de inversión. En el caso de la transferencia de un predio estatal otorgada para proyectos declarados por ley de necesidad pública, interés nacional, seguridad nacional y/o de gran envergadura, procede la reversión del predio, cuando en las acciones de supervisión o por otro medio, se verifique que el predio se encuentre en estado de abandono. Castrovirreyna y departamento de Huancavelica, que forman parte de un predio de mayor extensión inscrito a favor del Organismo de la Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, en la partida registral N.° P11126517 de la Oficina Registral de Huancavelica, Zona Registral Nº VIII – Sede Huancayo, con CUS Nros. 199429 y 199430, respectivamente, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución. Artículo 2°.- APROBAR la TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL TEXTO UNICO ORDENADO DE LA LEY N.° 30556, de las áreas descritas en el artículo 1° de la presente resolución a favor de la AUTORIDAD NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA, requeridas para la ejecución del proyecto denominado: “Creación de los Servicios Protección frente al Movimiento de Masa en zonas críticas de las localidades Tantará y Nuevo Amanecer del distrito de Tantará, localidad de Buena Vista del distrito de Capillas, y localidad de Yauritambo del distrito de Alto Larán - la provincia de Castrovirreyna del departamento de Huancavelica y la provincia de Chincha del departamento de Ica”.

Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Desarrollo Inmobiliario

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