Resolución N.° 0028-2024/SBN-DGPE
10 de abril de 2024
ARTÍCULO 1.- Declarar INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por la empresa MINSUR S.A, representada por su apoderado Abelardo Javier Ortiz Solé, contra el Oficio 00816-2024/SBN-DGPE-SDAPE del 8 de febrero de 2024, así como resulta innecesario pronunciarse sobre el argumento relacionado con el fondo de la controversia o de la legalidad de la adquisición del “Lote 10”, conforme a los fundamentos expuestos en la presente Resolución; dándose por agotada la vía administrativa. ARTÍCULO 2.- CONFIMAR al Oficio 00816-2024/SBN-DGPE-SDAPE del 8 de febrero de 2024, de acuerdo a lo expuesto en la presente Resolución. ARTÍCULO 3.- DISPONER que la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal organice un expediente en donde se agrupen los actuados administrativos e incluya el presente caso dentro de la respectiva programación de actividades de saneamiento físico legal y determinación de la zona de dominio restringido (ZDR), que corresponden al distrito de Paracas, provincia de Pisco y departamento de Ica, debiendo comunicarlo a la Administrada, indicándole el carácter de oficio del procedimiento y que está sujeto a priorización de acuerdo a criterios de disponibilidad presupuestal, metas y capacidad operativa. ARTÍCULO 4.- NOTIFICAR la presente Resolución conforme a Ley, asimismo DISPONER que la presente Resolución se publique en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (www.gob.pe/sbn).
Esta norma pertenece al compendio Dirección de Gestión del Patrimonio Estatal