Resolución N.° 0012-2023/SBN-DGPE
22 de febrero de 2023
ARTÍCULO 1°.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el administrado MARCO ANTONIO CRUZ MENDOZA MUÑOZ, respecto a la solicitud de nulidad y en consecuencia declárese NULO y con efecto retroactivo, todo el procedimiento de reversión desde la Resolución 1158-2022/SBN-DGPE-SDAPE del 5 de diciembre de 2022 (folio 46) hasta la imputación de cargos contenida en el Oficio 05783-2020/SBN-DGPE-SDAPE del 23 de noviembre de 2020 (folio 25), resultando innecesario pronunciarse respecto a los demás argumentos y medios probatorios presentados en el recurso de apelación conforme a los argumentos expuestos en la presente Resolución, dándose por agotada la vía administrativa. ARTÍCULO 2°.- DISPONER que la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal incorpore al Expediente 251-2020/SBNSDAPE, el escrito presentado por la empresa Contugas SAC, con fecha 10 de abril de 2019 (S.I. 11966-2019), así como el Oficio 2458-2019/SBN-DGPE-SDS del 3 de diciembre de 2019 y Oficio 089-2020/SBN-DGPE-SDS del 16 de enero de 2020. ARTÍCULO 3°.- DISPONER que la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, solicite a la Dirección Regional de Vivienda del Gobierno Regional de Ica, que envíe el Expediente 096485, en donde obra la solicitud de prescripción de reversión y cancelación de anotación de la cláusula de reversión, presentada por el administrado Fernando Cruz Mendoza, para su evaluación y pronunciamiento. ARTÍCULO 4°.- NOTIFICAR la presente Resolución conforme a Ley. ARTÍCULO 5°.- DISPONER que la presente Resolución se publique en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (www.gob.pe/sbn).
Esta norma pertenece al compendio Dirección de Gestión del Patrimonio Estatal