Resolución N.° 0163-2024/SBN-DGPE-SDDI
29 de febrero de 2024
La Sub Dirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia de Bienes Estatales-SBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, hace de conocimiento ROBERTO PEDRO LACHIRA ANGULO, respecto a su solicitud de venta directa contenida en el Expediente N° 1319-2023/SBNSDDI, a través del cual se resolvió: Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa, toda vez que, sobre “el predio” se identificó lo siguiente: i) Ficha Técnica N° 0177-2011/SBN-DGPE-SDAPE, que recoge información de la inspección realizada el 10 de marzo 2011 respecto del predio del estado CUS 56324 (Partida 50136806), ámbito donde recae “el predio” advirtiendo que: “2.- En su interior se encontró parcialmente la ocupación de terceros (pequeñas parcelas de sembríos. 5 chozas precarias de esteras abandonadas y dos canales rurales de tierra abandonados (en un área menor al 1% del predio), y el resto del predio se encuentra libre de ocupación y edificación…”; en tal contexto ha quedado determinado que no se encuentra ocupada la totalidad de “el predio”, motivo por el cual, la solicitud de “el administrado” no cumple con los requisitos reguladas por el inciso 3) y 4) del artículo 222° de “el Reglamento”.
Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Desarrollo Inmobiliario