Resolución N.° 0102-2024/SBN-DGPE-SDDI
16 de febrero de 2024
La Sub Dirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia de Bienes Estatales-SBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, hace de conocimiento de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JOSE DE LOURDES, representado por el alcalde Herlich Oswaldo López Montalván, respecto a su solicitud de TRANSFERENCIA PREDIAL contenida en el Expediente N° 052-2024/SBNSDDI, a través del cual se resolvió: Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de Transferencia predial, toda vez que, “el predio”, si bien se encuentra inscrito a favor del Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, se trata de bienes de dominio púbico desde su origen al constituir lote de equipamiento urbano destinado al uso: deportes, por lo que se encuentra dentro de los alcances de la aplicación de Ley N° 31199, Ley de Gestión y Protección de los Espacios Públicos y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 001-2023-VIVIENDA, ostentando carácter inalienable de conformidad con el artículo 73° de la Constitución Política del Perú, concordado con el literal 2 del numeral 3.3 del artículo 3° de “el Reglamento”, y el literal g) del numeral 2.2 del artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 1202 – Decreto Legislativo que modifica el Decreto Legislativo Nº 803; razón por la cual, no puede ser objeto de transferencia bajo ninguna modalidad.
Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Desarrollo Inmobiliario