Resolución N.° 0096-2024/SBN-DGPE-SDDI
12 de febrero de 2024
La Sub Dirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia de Bienes Estatales-SBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, hace de conocimiento del GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO, representado por el gobernador Wilfredo Oscorima Nuñez, respecto a su solicitud de TRANSFERENCIA PREDIAL contenida en el Expediente N° 040-2024/SBNSDDI, a través del cual se resolvió: Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de Transferencia predial, toda vez que, si bien se encuentra inscrito a favor del Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, se trata de bienes de dominio púbico desde su origen al constituir lote de equipamiento urbano destinado al uso: EDUCACIÓN, y afectado en uso a favor del Ministerio de Salud de carácter inalienable de conformidad con el artículo 73° de la Constitución Política del Perú, concordado con el literal 2 del numeral 3.3 del artículo 3° de “el Reglamento”, y el literal g) del numeral 2.2 del artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 1202 – Decreto Legislativo que modifica el Decreto Legislativo Nº 803; razón por la cual, no puede ser objeto de transferencia bajo ninguna modalidad.
Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Desarrollo Inmobiliario