Resolución N.° 0724-2024/SBN-DGPE-SDDI
25 de junio de 2024
La Sub Dirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia de Bienes Estatales-SBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, hace de conocimiento PEDRO SIMEÓN SÁNCHEZ RAMÍREZ, respecto a su solicitud de DESAFECTACIÓN ADMINISTRATIVA para su posterior VENTA DIRECTA contenida en el Expediente N° 1467-2023/SBNSDDI, a través del cual se resolvió: Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa, toda vez que, el área de 25.98 m2 (que representa el 14.3% de “el predio”) no es de propiedad del Estado y el área de 130.76 m2 y el área 24.93 m2 (que representa 71.98% y 13.72% de “el predio” respectivamente) se encuentra inscrito a favor del ENACE y la Asociación de Vivienda Cruz de Motupe de San Juan de Miraflores, respectivamente; por lo que, esta Superintendencia no cuenta con competencias para evaluar o aprobar actos de disposición sobre éstas.
Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Desarrollo Inmobiliario