Resolución N.° 0470-2024/SBN-DGPE-SDDI
7 de mayo de 2024
La Sub Dirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia de Bienes Estatales-SBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, hace de conocimiento de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MANANTAY, representado por el alcalde Prof. Roger Ignacio Galán Torres, respecto a su solicitud de TRANSFERENCIA PREDIAL contenida en el Expediente N° 340-2024/SBNSDDI, a través del cual se resolvió: Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de Transferencia predial, toda vez que, si bien es cierto que se ha realizado la extinción de la afectación en uso de “el predio”, también es cierto que aún constituye un bien de dominio público al constituir un lote de equipamiento urbano destinado a iglesia, bien de dominio público inalienable e imprescriptible, que no puede ser objeto de acto de disposición alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73° de la Constitución Política del Perú concordado con el literal a) del numeral 2.2 del artículo 2° de “el Reglamento” y el literal g) del numeral 2.2 del artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 1202 – Decreto Legislativo que modifica el Decreto Legislativo Nº 803.
Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Desarrollo Inmobiliario