Resolución N.° 0711-2023/SBN-DGPE-SDDI
10 de agosto de 2023
La Sub Dirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia de Bienes Estatales-SBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, hace de conocimiento de DANIEL ESEQUIEL LOZADA CASAPIA, respecto a su solicitud de venta directa contenida en el Expediente N° 692-2023/SBNSDDI, a través del cual se resolvió: Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa, al haberse determinado que: a) “el predio” no es de alcance nacional o que se haya calificado algún proyecto como de interés nacional en dicho ámbito; y, b) mediante Resolución Ministerial N° 656-2006-EF-10 del 30 de noviembre de 2006, se transfirió a los Gobiernos Regionales de San Martín, Amazonas, Arequipa y Tumbes la competencia para administrar y adjudicar terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, corresponde declarar la improcedencia liminar de la solicitud de venta directa y derivar la solicitud de “el administrado” al “GORE Arequipa”.
Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Desarrollo Inmobiliario