Resolución N.° 0492-2023/SBN-DGPE-SDDI

7 de junio de 2023

La Sub Dirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia de Bienes Estatales-SBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, hace de conocimiento de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA representada por el alcalde Francisco Adolfo Dumler Cuya, respecto a su solicitud de trasnferencia predial contenida en el Expediente N° 398-2023/SBNSDDI, a través del cual se resolvió: Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de transferencia, toda vez que, se ha determinado que i) 31,17% de “el predio”) se superpone con el Área de Conservación Regional del Sistema de Lomas de Lima - Lomas de Villa María, dominio público bajo la administración de la Municipalidad de Lima Metropolitana, que no puede ser objeto de acto de disposición alguno; ii) “el predio” se superpone totalmente con un área sobre la cual la Subdirección de Administración de Patrimonio Estatal ha conservado una afectación en uso a favor de “la Municipalidad”; y, iii) la transferencia predial de un bien de dominio público, como el caso en concreto, para realizar actividades de reforestación, no se subsume en el supuesto de excepción de las transferencia prediales de dominio público establecidas por la décima primera disposición complementaria final de “el Reglamento”.

Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Desarrollo Inmobiliario

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Resolución N° 0492-2023/SBN-DGPE-SDDI

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