Resolución N.° 0189-2023/SBN-DGPE-SDDI
2 de marzo de 2023
transferido a “el MVCS”. DISPONER EL LEVANTAMIENTO DE LA CARGA contenida en el artículo 2° de la Resolución nº 678-2020/SBN-DGPE-SDDI del 29 de octubre de 2020, inscrita en el asiento D00001 de la Partida Registral n.° 11024376 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Ilo de la Zona Registral n.° XIII – Sede Tacna, con CUS n.° 144542, transferido a “el MVCS”. DISPONER EL LEVANTAMIENTO DE LA CARGA contenida en el artículo 3º de la Resolución nº 668-2020/SBN-DGPE-SDDI y de la Resolución nº 678-2020/SBN-DGPE-SDDI inscrita el asiento D00001 de las Partida Registral n.° 111024377 y Partida Registral n.° 11024376. DISPONER que el MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO deberá presentar el contrato de adjudicación o concesión, en el plazo máximo de dos (2) años, a partir; de que la resolución quede firme, bajo sanción de reversión de dominio de “la Parcela 3” y “la Parcela 2”, de conformidad con lo establecido 121.2 de “el Reglamento”. DISPONER que, del producto de la venta de los lotes resultantes del predio sea efectuada por MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO a favor de terceros; el 30% corresponde a la SBN y 70% corresponde al Tesoro Público, de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 217° de “el Reglamento”. DISPONER que la Resolución, en la fecha de su emisión, se publique en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (www.gob.pe/sbn). OCTAVO. - El Registro de Predios de la Oficina Registral de Ilo de la Zona Registral n.° XIII – Sede Tacna, deberá inscribir lo resuelto en la Resolución.
Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Desarrollo Inmobiliario