Resolución N.° 0339-2023/SBN-DGPE-SDDI
21 de abril de 2023
La Sub Dirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia de Bienes Estatales-SBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, hace de conocimiento de la UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL “FABIOLA SALAZAR LEGUÍA” DE BAGUA, representado por el presidente de la comisión organizadora, Guillermo Vargas Quispe, respecto a su solicitud de transferencia predial contenida en el Expediente N° 150-2023/SBNSDDI, a través del cual se resolvió: Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de transferencia, toda vez que, al haberse determinado respecto de “el predio” que: a) no es de alcance nacional o se advierte que sobre este se haya calificado algún proyecto como de interés nacional en dicho ámbito; b) se encuentra inscrito a favor de la Dirección Regional Agraria de Amazonas; c) mediante Resolución Ministerial Nº 656-2006-EF/10 del 30 de noviembre de 2006, se transfirió a los Gobiernos Regionales de San Martín, Amazonas, Arequipa y Tumbes la competencia para administrar y adjudicar terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado.
Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Desarrollo Inmobiliario