Resolución N.° 0311-2023/SBN-DGPE-SDDI
5 de abril de 2023
La Sub Dirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia de Bienes Estatales-SBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, hace de conocimiento de PROGRAMA NACIONAL “PLATAFORMAS DE ACCIÓN PARA LA INCLUSIÓN SOCIAL-PAÍS” representada por Rafael Hernán Ortiz Castilla, respecto a su solicitud de trasnferencia predial contenida en el Expediente N° 258-2023/SBNSDDI, a través del cual se resolvió: Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de transferencia, toda vez que, se ha determinado que si bien “el predio” se encuentra inscrito a favor del Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales -SBN, este se trata de un bien de dominio púbico, destinado al uso Otros Usos, sobre el cual recae un acto de administración vigente (afectación en uso) a favor de la Municipalidad Distrital de Santa Catalina, de carácter inalienable de conformidad con el artículo 73° de la Constitución Política del Perú, concordado con el literal 2 del numeral 3.3 del artículo 3° de “el Reglamento”.
Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Desarrollo Inmobiliario