Resolución N.° 0432-2022/SBN-DGPE-SDAPE
13 de mayo de 2022
Declarar INADMISIBLE la solicitud de AFECTACION EN USO EN MARCO DEL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY N.° 30556 solicitada por la AUTORIDAD PARA LA RECONSTRUCCIÓN CON CAMBIOS representado por el Director de la Dirección de Soluciones Integrales, el señor Joan Manuel Cáceres Dávila, respecto al predio ubicado en el Lote Remanente Sector VI, Tercera Etapa Valle Moche, distrito de El Porvenir, provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad, que forma parte de un predio de mayor extensión inscrito a favor del Proyecto Especial Chavimochic en la partida n.° 11161822 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Trujillo, Zona Registral n.° V, Sede Trujillo, con CUS Provisional n.° 165487, para que sea destinado como Deposito de Material Excedente (DME) al que denominamos “DME 8” para el Proyecto “Creación de los Servicios de protección contra inundaciones de las aguas de las avenidas de la cuenca de la Quebrada El León”, en virtud a los argumentos expuestos en la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal